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Renta básica

Del artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948
Del artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, 2007
La renta básica o renta básica universal se define como el derecho de todo ciudadano y residente acreditado a percibir una cantidad periódica que cubra, al menos, las necesidades vitales sin que por ello deba contraprestación alguna.

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La renta básica, según la define la Red Renta Básica, es un ingreso pagado por el estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro de pleno derecho o residente de la sociedad incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva.

Se considera que es un mecanismo que garantiza la redistribución de la renta. Entre las características que ha de tener la renta básica:

Las consecuencias que podría tener la implantación de una renta básica:

Los detractores de la renta básica afirman que:

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