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Derechos culturales

Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948
Preámbulo de la Declaración de Friburgo, 2007
Los derechos culturales (cultural rights) son derechos humanos que aseguran el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Son derechos relativos a la producción cultural y artística, la participación en la cultura, el patrimonio cultural, los derechos de autor, los derechos lingüísticos,...

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Los derechos culturales son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección; los derechos culturales están relacionados con el arte y la cultura, entendidos en su más amplia dimensión.

Uno de los problemas relacionados con la identificación de los derechos culturales tiene que ver con la definición del término cultura. Se han manejado diversas propuestas la Declaración de Friburgo define de este modo (artículo 2):

El derecho de toda persona a participar en la vida cultural está reconocido en el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

El derecho de toda persona a participar en la vida cultural está relacionado con los otros derechos culturales consagrados en el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones (artículo 15.1.b); el derecho de toda persona a beneficiarsede la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora (artículo 15.1.c); y el derecho a la indispensable libertad para la investigación científica y la actividad creadora (artículo 15.3).

El derecho de toda persona a participar en la vida cultural está también intrínsecamente vinculado con el derecho a la educación (artículos 13 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), por medio de la cual los individuos y las comunidades transmiten sus valores, religión, costumbres, lenguas y otras referencias culturales, y que contribuye a propiciar un ambiente de comprensión mutua y respeto de los valores culturales. El derecho a participar en la vida cultural es también interdependiente de otros derechos enunciados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como el derecho de todos los pueblos a la libre determinación (arttículo 1) y el derecho a un nivel de vida adecuado (artículo 11).

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