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Universalidad de los derechos humanos

De la Declaración sobre el sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 2008
Del artículo 55 de la Carta de las Naciones Unidas, 1945
Los derechos humanos son universales porque pertenecen a todos los hombres y mujeres, a todos por igual, en todo tiempo y lugar y se encuentran de manera innata ligados a la naturaleza del hombre; por el hecho de pertenecer al género humano, todo individuo de la especie los posee.

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La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, aprobada tras los horrores de la Segunda Guerra Mundial, que privó a muchos grupos de personas por motivos raciales y religiosos (judíos, comunistas, gitanos, entre otros) de los más elementales derechos humanos, para que esto no vuelva a suceder, proclamó en su artículo primero la igualdad y libertad de todos los humanos desde su nacimiento, apelando a la razón y conciencia para un comportamiento fraterno con sus semejantes.

La universalidad de los derechos humanos es una característica inherente de estos porque se trata de derechos que son expresión de la dignidad intrínseca de todos los seres humanos, debiendo ser aceptados y respetados por todos los Estados, con independencia de su sistema ideológico-político, económico y socio cultural.

La Proclamación de Teherán, documento final de la primera Conferencia Internacional de Derechos Humanos, celebrada en Teherán, en 1968, con motivo del 20 aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece que Declaración enuncia una concepción común a todos los pueblos de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana y la declara obligatoria para la comunidad internacional.

El principio de la universalidad de los derechos humanos es el fundamento del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se desta en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales:

En la Declaración sobre derechos humanos aprobada en Bangkok por las organizaciones no gubernamentales, A/CONF.157/PC/83, 19 de abril de 1993, podemos leer:

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